Ayudas para el alquiler de vivienda
Ayudas para el alquiler de viviendas.
El pasado mes de julio el Consejo de Ministros aprobó, con más de un año de retraso, el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016, por lo que el Ministerio de Fomento tiene ya vía libre para firmar los acuerdos con las distintas Comunidades Autónomas.
Programa de ayuda al alquiler de vivienda
El objeto de este es facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a aquellos sectores de población que tengan dificultades económicas.
¿Quién se beneficia de estas ayudas?
Pueden optar a la ayuda todos aquellos que:
– Sean personas físicas mayores de edad, titulares de un contrato de arrendamiento (o en condiciones de serlo).
– Tengan un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Es decir, aquellos con unos ingresos brutos menores a los 22.365,42€. Esta cifra es modulable según el número de miembros y la composición de la unidad de convivencia (número de personas que habitan en la vivienda de manera habitual y permanente, independientemente de su relación, aparezcan o no en el contrato de alquiler).
Siempre y cuando:
– El alquiler mensual sea igual o inferior a 600 €, si bien las Comunidades Autónomas pueden fijar un límite inferior a estos.
– La vivienda en alquiler sea la residencia habitual y permanente del arrendatario.
¿En qué consisten las ayudas?
Si se cumplen todos los requisitos para ser beneficiario de las ayudas, estas consisten en:
– El pago de hasta el 40% de la renta del alquiler hasta 2.400 € anuales por vivienda.
– Las ayudas tienen un plazo máximo de 12 meses prorrogable hasta el final del Plan.
– Tendrán preferencia las personas afectadas en los procedimientos de desahucios.
Programa de fomento del parque público de vivienda en alquiler
El fin último de este programa es la creación de un parque público de vivienda protegida de alquiler sobre suelos o edificios de titularidad pública. De esta forma, se pretende apoyar el alquiler como vía idónea para el acceso a la vivienda, especialmente para quienes disponen de menores niveles de renta, y favorecer, de paso, la salida al stock de vivienda vacía.
¿Quién se beneficia de estas ayudas?
Las ayudas de este programa están dirigidas a administraciones públicas, organismos públicos, fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG y empresas privadas con derecho de superficie.
¿En qué consisten las ayudas?
Las ayudas consisten en:
– Un máximo de 250 € por m2 útil de la vivienda, en proporción a la superficie de la misma.
– Con un límite del 30 % del coste de la edificación con un límite máximo de 22.500 € por vivienda.
Estas ayudas están dirigidas a dos tipos de viviendas:
– Viviendas alquiler en rotación: para unidades de convivencia con rentas hasta 1,2 veces el IPREM (8.946,17€). En esta caso, el precio del alquiler no podrá superar los 4,7€ mensuales/m2 útil.
– Vivienda de alquiler protegido: para unidades de convivencia con ingresos entre 1,2 (8.946,17) y 3 veces (22.365,42€) el IPREM. El precio del alquiler no podrá superar 6 € mensuales/m2 útil.
Para recibir las ayudas, al menos el 50% de los inmuebles deben ser viviendas de alquiler en rotación.
Referencia: Fotocasa
Tipo de Inmueble : Blog